
Arrierías 110
Mario Ramírez Monard
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Si una de las causas del caos en Colombia, como lo argumentamos en la edición 109 de mayo, se origina en el desorden social y en la creencia –equivocada, por supuesto-, de que los derechos fundamentales no tienen límites según la hermenéutica de parlanchines que dicen conocer nuestro Ordenamiento Jurídico, o de una gran mayoría de colombianos de supina ignorancia en cuanto a la historia de Colombia, su evolución constitucional y su actualidad convulsionada, desordenada, caótica y, además, no somos capaces de superar estas falencias, el futuro de nuestro país seguirá siendo oscuro.
Otro de los orígenes y la causa de ese caos tiene que ver con la justicia en Colombia, su aplicación, su parcialidad y los constantes fallos contra derecho emanados por jueces –no todos, por supuesto-, que se dejan cooptar, presionar del poder político o económico o que fallan en contra de la lógica jurídica aprendidas en facultades de derecho y que dan pie para la desconfianza ciudadana respecto a la calidad de su educación recibida.
Si otro de los operadores de nuestra justicia, la Fiscalía, no actúa en las investigaciones o hay fallos en todo el proceso investigativo cuando se violan normas específicas del debido proceso, el caos es mayor.
Es preciso, entonces, referirnos a los artículos constitucionales que tienen que ver con la justicia en Colombia: se inicia con el artículo 28 que habla de la libertad individual y las exigencias inmediatas para el arresto de alguien bajo mandato escrito de autoridad jurídica. En el artículo 29 está contenido el Debido Proceso, la presunción de inocencia; el artículo30 que se refiere a una de las normas más importantes en cuanto a la libertad de un ciudadano, el Habeas Corpus y los artículos 31-32-33 y 34 referentes al derecho de apelación, detención en casos de flagrancia, la no obligación de declarar contra sí mismo, cónyuge, compañero(a) permanente o parientes dentro del 4 grado de consanguinidad. Eso está allí, en nuestra Constitución.
Todo lo anterior explica el grado tan elevado y garantista que tiene nuestro Ordenamiento Superior, muy igualado a constituciones europeas en el campo del concepto Estado Social de Derecho. Aclaro que algunas constituciones, como la española, agregan un ítem superior: Estado Social y democrático de Derecho, concepto que explicaremos en columna posterior de Arrierías.
Releyendo una de las obras del gran periodista colombiano, Fernando Garavito y EL VUELO DE LAS MOSCAS, exiliado en el exterior donde murió con profundo dolor de patria resaltamos un análisis sobre la situación de Colombia: “En la sociedad ciega y muda en que vivimos, el gobierno no es gobierno sino una agresiva organización gremial, los guerrilleros no son guerrilleros sino una nueva banda de fascinerosos, los paramilitares no son paramilitares sino un grupo armado de asesinos… y los colombianos no somos un país sino una colección de víctimas”, más adelante agrega: “a la impunidad, se le llama Justicia…”. Óp. cit, página 304
La impunidad se llama justicia dice este escritor, periodista y ese concepto, escrito hace más de 25 años, es el reflejo, la realidad que vivimos. Cuando ocurrió el ataque alevoso y criminal sobre el Palacio de Justicia en Colombia el 6 de noviembre de 1985 donde más de 100 personas fueron asesinadas, Colombia perdió en la agresión, en ese crimen de lesa humanidad, a los más grandes maestros del derecho y la justicia de nuestro país, funcionarios que eran profesores de derecho en las más importantes universidades de Colombia, conferenciantes en varios países del mundo, investigadores y creadores de grandes jurisprudencias en todos los componentes especializados que la rama del derecho cobija. Ahí empezó nuestro gran caos.
Hoy, con excepciones, por supuesto, a las más altas dignidades en la rama judicial llegan personajes muy limitados, con temores de operar con equidad y justicia por presiones indebidas de las otras ramas del país, congreso y ejecutivo y son estos dos elementos, que constituyen pilares básicos del Estado de Derecho, los que más coartan, influyen en las decisiones del operador judicial colombiano. Triste realidad.
Se castiga con rigor el delito cuando los culpables no tienen dinero o poder o no hacen parte de poderosas maquinarias políticas como dirigentes. Hay abogados (estos casos abundan) que hacen del debido proceso un abusivo juego cuando utilizan el vencimiento de términos como la herramienta más esencial de su trabajo de defensa aún a sabiendas del dolo, culpa o preterintención de sus defendidos. Juegan con el tiempo presentando excusas inverosímiles que mueven al asombro a la sociedad civil. Policías que detienen en flagrancia a bandidos son dejados en libertad por jueces con la excusa de violación del debido proceso o el no cumplimiento de leer derechos a implicados. Un formalismo que perjudica tanto a la sociedad, que los delincuentes salen al otro día de su detención y se convierten en un peligro para las víctimas. Ni se diga sobre otra figura perversa: la casa por cárcel que se aplica, regularmente, a grandes defraudadores del erario, corruptos que han asaltado por miles de millones del erario público y los operarios judiciales aducen que no son un peligro para la sociedad.
En nuestra vida republicana jamás habíamos conocidos de tantos magistrados, jueces, procuradores, fiscales presos por corrupción o huyendo del país. Una vergüenza.
POST SCRIPTUM
Mientras todo este caos hace parte de nuestra cotidianidad, millones de colombianos entre profesionales, campesinos, obreros, empleados, emprendedores, madres colombianas con un grito atorado en la garganta, tienen en mente la esperanza de una utopía, un cambio hacia dirigentes que tracen un camino que nos lleve a una vida DIGNA , como aparece en el preámbulo de nuestra Constitución, que tengan valores republicanos, una ética privada y pública como la tuvieron los sacrificados en el sangriento, criminal y todavía no juzgado asalto al Palacio de Justicia.

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